.-1 HORARIO DE OFICINAS.-Oficina de Santa Cruz de
Tenerife;Lunes a viernes de 8:00 a 19:30 horas en horario
ininterrumpido y sábados de 9:00 a 13:00 y de 16:30 a 19:30
horas. Cerrado Domingos y festivos.-Oficina de La Laguna ( Los
Rodeos);Lunes a viernes de 8:00 a 13:00 horas y de 16:30 a
19:30 horas, sábados de 9:00 a 13:00 horas. Cerrado Domingos y
festivos.-Oficina del Polígono Cosat Sur (Taller);Lunes a
Viernes de 8:00 a 13:00 horas y de 16:30 a 19:30 horas, sábados
de 9:00 a 13:00 horas. Cerrado Domingos y festivos.-Oficina de
Guaza;Lunes a Viernes de 9:00 a 13:00 horas y de 16:00 a 19:00
horas, sábados de 9:00 a 13:00 horas. Cerrado Domingos y
festivos.-Oficina de San Isidro;Lunes a Viernes de 9:00 a 13:00
horas y de 16:00 a 19:00 horas, sábados de 9:00 a 13:00 horas.
Cerrado Domingos y festivos.Si el cliente no recoge el vehículo en
las 2 horas posteriores a la reserva, no se realizará ningún
reembolso y el importe total de la reserva se cargará como
compensación.
.- 2 ENTREGA Y RECOGIDA FUERA DE HORARIO DE
OFICINA.Toda entrega y recogida de vehículos fuera de los
horarios de oficina anteriormente especificados tendrá un
suplemento de 20€ al precio fijado en la página Web.
.-3 ENTREGA
Y RECOGIDA EN AEROPUERTO.Toda entrega y recogida realizada
en el Aeropuerto Sur o el Aeropuerto Norte tendrá un suplemento
de 12€ independientemente de la hora de recogida.
.-4
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR.Es necesario presentar el
pasaporte o D.N.I., el carné de conducir y una tarjeta de débito o
crédito en vigor a la hora de recoger el vehículo.
.-5 TIPO DE
VEHÍCULO.Los vehículos que se muestran y los modelos que se
enumeran son los que más utilizan nuestros socios en el alquiler
de vehículos. No podemos garantizar la marca ni el modelo del
vehículo de alquiler. La finalidad de las imágenes y las listas es
únicamente orientativa. Tenga en cuenta que la capacidad de
equipaje y carga varía entre marcas y modelos y puede reducirse
cuando el vehículo lleva el máximo de ocupantes.
.-6 UTILIZACIÓN
DEL VEHÍCULO.El arrendatario recibe en alquiler el vehículo y
accesorios descritos en el anverso del contrato, en perfectas
condiciones de funcionamiento y se compromete a conservarlos y
conducir el vehículo cumpliendo las normas del Código de la
Circulación.Queda expresamente prohíbido:a).- Transportar
personas o mercancías, cuando ello implique directa o
indirectamente el subarriendo del vehículo o su utilización
inadecuada.b).- Conducir el vehículo personas no autorizadas.c).-
Conducir el vehículo en inferioridad de condiciones físicas
provocadas por el alcohol o drogas.d).- Conducir el vehículo por
pistas forestales, playas o zonas no asfaltadas.e).- Transportar en
el vehículo más personas que las autorizadas en la ficha
técnica.f).- Desprecintar o manipular el cuentakilómetros,
debiendo comunicar inmediatamente el arrendador cualquier
avería del mismo.g).- Utilizar el vehículo en competiciones
deportivas de cualquier clase, para remolcar o empujar a otros
vehículos o para enseñar a conducir.h).- Transportar animales.El
incumplimiento de cualquiera de los supuestos precintados
supondrá automáticamente la pérdida de la cobertura de la
protección contra colisión del vehículo arrendado, así como la
cobertura para accidentes personales.Igualmente, de concurrir
cualquiera de los supuestos mencionados, la empresa se reserva
el derecho de rescindir el contrato sin previo aviso y tomar
posesión del vehículo, quedando a favor de la empresa
arrendadora, cualquier depósito o fianza recibida.
.- 7
DEVOLUCIÓN DEL VEHÍCULO.El vehículo se devolverá en el lugar,
fecha y hora estipuladas en el contrato. En caso de retraso en la
entrega del vehículo, deberá abonar el contratante la quinta parte
del precio pactado para un día por cada hora de retraso en la
entrega, igualmente si no se avisara a la empresa de la
renovación del contrato, el cliente está expuesto a ser denunciado
por apropiación indebida.
.- 8 LIQUIDACIÓN DEL
ARRENDAMIENTO.El arrendatario acepta pagar además de los
cargos que figuran en el contrato, los gastos ocasionados por:a).-
Pérdida o sustracción de accesorios, herramientas, goma de
repuesto, batería o documentación.b).- El importe de las multas
por infracción del código de circulación, así como los gastos de
gruas por retirada de vehículos indebidamente estacionados.c).-
Todos los daños o desperfectos que tiene el vehículo por colisión u
otra razón y que no este cubierta por la cobertura de riesgo
contratada.d).- Los gastos de traslado del vehículo a nuestros
talleres en caso de avería mecánica o accidente.e).- El importe del
alquiler durante los días que el vehículo esté por cualquier razón
en reparación o sustraido (máximo 30 días).
.-9 COBERTURA DE
RIESGO.El seguro concertado por el arrendador, cubre al
arrendatario o conductor autorizado contra la responsabilidad civil
por cuantía ilimitada, así como fianzas y defensa jurídica.La
aceptación del pago de suplemento de la cobertura contra colisión
exonerará al arrendatario del pago de los gastos ocasionados al
vehículo arrendado, excepto en los supuestos recogidos en el
apartado 6, y solamente estará obligado a pagar la franquicia
según tarifa.La aceptación del pago del suplemento de cobertura
para accidentes personales, cubrirá los gastos de los ocupantes
del vehículo y del conductor.Si fuera debido la avería o el
accidente a roturas mecánicas, el arrendador se inhibe de la
responsabilidad que pudiera surgir y el arrendatario no podrá
reclamar indemnización alguna.Queda expresamente excluido de
la cobertura concertada, la pérdida, robo o daños de bienes
transportados en el vehículo arrendado. Los neumáticos, cristales
y robos parciales no están incluidos en la cobertura de la presente
cláusula.La empresa se exime de toda responsabilidad de los
bienes y objetos olvidados en los vehículos.
.-10 ACCIDENTES.En
caso de accidente, el arrendatario esta obligado a:a).- Presentar
en la agencia en el momento de liquidar, copia del acta o informe
de la policía.b).- NO mover el vehículo del lugar del siniestro hasta
que no se persone y levante atestado la autoridad competente.c).-
A comunicar inmediatamente el hecho acaecido a la empresa
arrendadora.d).- A no pactar con la parte contraria acuerdo alguno
sobre el accidente.e).- A no abandonar el vehículo siniestrado sin
haber tomado las medidas necesarias para evitar ulteriores daños
o pérdidas.f).- A recabar de la parte contraria todos los datos
relativos al conductor, propietario, vehículo y compañía
aseguradora.g).- La cobertura de colisión tiene una franquicia de
300,52€ para los equipos A, y B y 362,62€ para el resto de los
grupos.Aunque el coche esté asegurado a todo riesgo, este seguro
quedará sin efecto por los motivos antes mencionados.En caso de
accidente y si fuera causante el contratante, abonará a la empresa
arrendadora la tarifa vigente a Kms. Ilimitados mientras que esté
el automóvil en reparación.
.-11 CONDUCCIÓN NEGLIGENTE.El
cliente que condujera vehículos de la empresa bajo la influencia de
drogas, estupefacientes, bebidas alcohólicas o de que cualquier
otra forma tuviera alteradas sus facultades mentales, asumirá la
íntegra responsabilidad de los daños y desperfectos que sufriera el
vehículo, así como los que ocasionara a otros vehículos, personas,
objetos, animales y terceros en general.El conductor del vehículo
en las condiciones anormales antedichas, se hace también
responsable de las personas u objetos transportados y de las
sanciones a que dé lugar.El arrendatario, no tendrá derecho a la
sustitución del vehículo alquilado, si por accidente este quedara
inutilizable, ni tampoco a que se le reintegre cantidad alguna por
el concepto antes citado..-12 FUERO.Para cuantas cuestiones
pudieran derivarse del cumplimiento y ejecución del presente
contrato, los contratantes se someten expresamente a la
jurisdicción de los juzgados y tribunales de la provincia de Santa
Cruz de Tenerife con renuncia, si lo tuvieran a su fuero propio..-13
AMBITO TERRITORIAL DEL CONTRATO.Queda expresamente
prohibido a los arrendatarios sacar el vehículo arrendado del
ámbito territorial de la isla donde se realiza el contrato, a no ser
que cuente con la autorización expresa del arrendador.Y si así
fuese, en caso de avería o accidente, el arrendatario se verá
obligado a embarcar el vehículo y trasladarlo a Tenerife, corriendo
los gastos por su cuenta.En caso de incumplimiento de la
antedicha prohibición, quedará automáticamente rescindido el
contrato, pudiendo el arrendatario ejercitar ante los tribunales
cuantas acciones fuere menester en derecho.Estos datos de
carácter personal serán tratados con el grado de protección
adecuado, según el Real Decreto 994/1999 de 11 de junio,
tomándose las medidas de seguridad necesarias para evitar su
alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado por parte
de terceros que lo puedan utilizar para finalidades distintas para
las que han sido compilados.RENT A CAR JOCAR S.L.